Irune Costumero

La madre denunció en dos ocasiones a su exmarido por violencia de género y el hospital de Cruces denunció de oficio a la Fiscalía de menores tres partes de lesiones de la niña que relataba que se las había causado su padre, quien posteriormente fue absuelto en todos los procedimientos.
En 2017 la Diputación de Vizcaya asumió la guarda provisional de la niña, de entonces cinco años, y determinó que ésta viviera provisionalmente con su padre y que la madre tuviera visitas tuteladas, desde la consideración de que la pequeña sufría un rechazo hacia él, a causa de un Síndrome de Alienación Parental (SAP), según concluyó la empresa que gestiona los servicios de menores. Recordemos que con la actual ley de infancia el SAP queda invalidado en las argumentaciones de procedimientos civiles y contenciosos. A esto la madre respondió denunciando hasta cuatro responsables del equipo de servicios sociales por sustracción de menores y prevaricación administrativa. Todos fueron absueltos. La fiscal y la defensa reclamaban que la madre pagara las costas por “temeridad y mala fe procesal”.
Pero esto no queda aquí: Costumero acaba de ser condenada por introducir una grabadora en el abrigo de su hija para espiar al padre mientras ésta estuviera en su custodia. El Tribunal Supremo recientemente rechazó el recurso de casación de la madre. Como ya es tradición, Irene Montero saltó a defender a sus peones y a justificar cualquier medida para proteger a estas “madres protectoras”. El mismo Aitor Esteban (PNV) le recriminó sus ataques a la imparcialidad y la inocencia de los funcionarios vascos que atendieron el caso.